El Boletín Oficial del Estado publica este martes 27 de octubre el convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Torrevieja para reforzar la colaboración entre la Guardia Civil y la Policía Local.
El acuerdo fue suscrito el 15 de octubre y fija medidas de coordinación en el término municipal, sin ceder ni modificar las competencias legales de ninguno de los dos cuerpos.
Un plan de seguridad y evaluación anual
La Junta Local de Seguridad deberá elaborar un Plan Local de Seguridad en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del convenio.
Ese documento recogerá los problemas de seguridad del municipio, establecerá objetivos y diseñará programas de actuación; al finalizar cada año, la Junta evaluará el trabajo y los resultados de su aplicación.
Los programas deberán desarrollar una actuación policial conjunta y planificada, además de coordinarse con otros profesionales y servicios públicos implicados en los problemas que más preocupen a la comunidad local.
El convenio también contempla mesas o grupos de trabajo cuando se consideren convenientes para detectar necesidades sociales relacionadas con la seguridad y favorecer la colaboración con entidades privadas.
Información, bases de datos y comunicaciones
La Guardia Civil facilitará al Ayuntamiento estadísticas mensuales sobre actividad policial y delictiva, mientras la Junta recibirá anualmente un resumen de la evolución de la delincuencia en la localidad.
Por su parte, el Ayuntamiento aportará información de interés policial, cartografía municipal actualizada y datos de servicios sociales y asistenciales que puedan colaborar en la atención a víctimas y personas vulnerables.
Se prevén fórmulas de consulta de bases policiales sobre requisitorias judiciales, desaparecidos, vehículos sustraídos y objetos de interés policial, sujetas a condiciones técnicas, confidencialidad y protección de datos.
En comunicaciones, el texto contempla la integración en los servicios de urgencia 112, la interconexión de las salas del 062 y el 092 y frecuencias conjuntas para dispositivos específicos o extraordinarios.
Cuatro años de vigencia y sin transferencia de recursos
El acuerdo tendrá una vigencia de cuatro años, prorrogable por escrito hasta otros cuatro, y será eficaz una vez inscrito en el registro estatal REOICO.
No conlleva coste para las partes ni transferencia de recursos entre ellas; una comisión paritaria de seguimiento deberá constituirse dentro de los dos meses siguientes a su entrada en vigor y reunirse al menos dos veces al año.
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