Al comprar una vivienda en Torrevieja, pagas los impuestos de la adquisición y los gastos de escritura y tramitación que te correspondan; si contratas una hipoteca, añades los costes del préstamo a tu cargo.
Para preparar tu presupuesto, distingue entre vivienda usada y primera entrega del promotor.
Esa clasificación determina el impuesto principal.
También necesitas comprobar el valor fiscal del inmueble y los beneficios que te corresponden.
Los tipos indicados están vigentes a 21 de octubre de 2026.
Impuestos al comprar una vivienda

¿Qué impuestos se pagan por una vivienda de segunda mano?
Si compras una vivienda usada a un particular, tributas por transmisiones patrimoniales onerosas (TPO), dentro del ITP.
TPO: tipo general del 9% y del 11% si supera el millón
Desde el 1 de junio de 2026, te corresponde el tipo general del 9% , salvo beneficio aplicable.
Si el valor del inmueble o derecho transmitido supera un millón de euros, el tipo es el 11% .
Comprueba también tus adquisiciones relacionadas: las realizadas sobre una misma finca registral al mismo transmitente durante tres años se consideran una sola transmisión para esta regla.
¿Se calcula el impuesto sobre el precio o el valor de referencia?
Debes tomar la mayor cifra entre el valor de referencia catastral, el precio pactado y el valor declarado.
Consulta el valor de referencia correspondiente a la fecha del devengo.
Si careces de valor de referencia certificable, comparas precio, valor declarado y valor de mercado.
Distingue este dato del valor catastral utilizado para el IBI.
¿Qué impuestos corresponden a una vivienda nueva?
En una primera entrega del promotor, pagas IVA y la cuota gradual de actos jurídicos documentados (AJD) que corresponda a tu compra.
¿Cuándo se paga IVA y qué tipo se aplica?
Pagas al promotor un IVA del 10% sobre el precio.
Para VPO de régimen especial o promoción pública, el tipo es el 4%.
El tratamiento incluye hasta dos plazas de garaje y anexos del edificio transmitidos conjuntamente.
Si compras una vivienda previamente alquilada o utilizada por el promotor, verifica su clasificación fiscal: ese uso afecta a la consideración de primera entrega.
AJD de la compra: tipo general y vivienda habitual
Desde el 1 de junio de 2026, tienes un tipo general de AJD del 1,4% .
Si adquieres tu vivienda habitual y cumples el concepto exigido por la normativa del IRPF, te corresponde el 0,1% .
Para calcularlo, revisa el precio escriturado sin IVA y el mínimo fiscal inmobiliario aplicable.
En tu compra usada ordinaria sujeta a TPO, la cuota gradual de AJD queda fuera de la liquidación.
¿Quién puede acceder a tipos reducidos?
Accedes a tipos reducidos cuando reúnes todos los requisitos del beneficio, incluidos los económicos y documentales que correspondan.
Primera vivienda habitual para menores de 35 años
Si tienes menos de 35 años y compras tu primera vivienda habitual, te corresponde un TPO del 6% hasta un valor de 180.000 euros y del 8% por encima.
Tu suma de bases liquidables general y del ahorro debe respetar los límites de 30.000 euros en declaración individual o 47.000 en conjunta.
Formaliza la adquisición en documento público dentro del plazo exigido; aplicas el beneficio a tu parte adquirida.
Otros beneficios fiscales y condiciones que conviene comprobar
Revisa tu posible acceso por vivienda protegida, familia numerosa o monoparental, discapacidad o condición de víctima de violencia de género.
Según el supuesto, encuentras tipos del 6% u 8%, o del 3% o 4%.
Comprueba los requisitos específicos de tu categoría.
Debes acreditar la condición protegida y respetar, cuando proceda, los límites de renta y el destino habitual.
Gastos de compraventa, hipoteca y liquidación

¿Quién paga la escritura y los trámites de compraventa?
Tu reparto de gastos de compraventa se determina por las reglas legales y los pactos válidos del contrato.
Notaría y copias: reparto legal y pactos del contrato
Como comprador, asumes la primera copia y los gastos posteriores a la venta conforme al reparto supletorio del Código Civil.
Los gastos de otorgamiento corresponden al vendedor.
Revisa cualquier pacto que modifique ese reparto.
Pide un presupuesto desglosado antes de aceptar una cláusula de gastos.
Registro, gestoría y comprobación de cargas
Incluye en tu previsión la inscripción de la adquisición y la gestoría si contratas su intervención.
Solicita que te separen honorarios, suplidos e impuestos.
Antes de firmar, consulta una nota simple para revisar titularidad y cargas.
Contrasta también la descripción registral con la vivienda que adquieres.
¿Qué gastos añade financiar la compra con hipoteca?
Con una hipoteca sujeta a la Ley 5/2019, pagas la tasación y los conceptos adicionales que contrates.
Tasación, copias solicitadas y comisión de apertura
Encarga la tasación a un profesional homologado.
Si aportas una tasación válida, tienes derecho a que el banco la acepte sin cobrarte su comprobación.
Abonas las copias notariales que solicites.
Si pactas comisión de apertura, la pagas una vez y engloba estudio, tramitación y concesión.
Gastos del préstamo que corresponden al banco
En la escritura del préstamo, el banco asume notaría, registro, gestoría e impuestos.
Este reparto comprende el AJD hipotecario.
Exige una provisión que distinga préstamo y adquisición.
Así identificas qué importes corresponden a cada escritura y quién debe abonarlos.
¿Cómo preparar la liquidación de los impuestos?
Prepara tu modelo 600 con la fecha correcta y los justificantes del tipo aplicado.
Modelo 600: devengo y plazo de presentación
Para TPO, dispones de un mes desde el acto o contrato.
Un contrato privado también determina el devengo: revisa su fecha antes de calcular el vencimiento.
Para AJD notarial, presentas el modelo 600 dentro del mes siguiente a la formalización.
Conserva el justificante de presentación y pago.
Documentación y conceptos que revisar antes de firmar
Ten preparados tu identificación, el contrato o escritura y los datos catastrales.
Añade la documentación acreditativa si solicitas beneficios fiscales.
Comprueba la base imponible y tu porcentaje de adquisición.
Pide que la provisión detalle por separado los impuestos, los gastos de compraventa y los del préstamo.
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