El Ayuntamiento de San Javier ha aprobado la aplicación selectiva de las medidas extraordinarias de vivienda y urbanismo del Decreto-Ley de Vivienda Asequible de la Región de Murcia. El acuerdo, adoptado en el Pleno del 16 de octubre, busca favorecer la vivienda protegida y asequible tanto para compra como para alquiler, con excepciones específicas para La Manga del Mar Menor.
La propuesta salió adelante con el voto favorable del grupo Popular y la abstención del resto de grupos municipales. El concejal de Urbanismo, Antonio Marcelo Martínez, presentó una combinación de reutilización de inmuebles, incentivos urbanísticos y simplificación administrativa, en lugar de aplicar todas las posibilidades del decreto por igual.
Cambios de uso y límites en La Manga
Una de las medidas contempla destinar suelos y edificaciones de uso terciario, comercial o de oficinas a vivienda protegida. Esta posibilidad excluye La Manga del Mar Menor. El acuerdo también recoge la transformación de locales comerciales en viviendas protegidas, aunque deja fuera los principales ejes comerciales de La Manga para preservar su actividad económica y turística.
Además, se admite la compatibilidad del uso residencial protegido en determinados equipamientos públicos. Quedan excluidos los destinados a educación y sanidad, por lo que el acuerdo no extiende esa posibilidad a esos servicios.
Incentivos y tramitación urbanística
El paquete incluye la prima de edificabilidad vinculada a la construcción de vivienda protegida y la propuesta del proyecto unificado residencial como herramienta para simplificar la gestión y reducir los plazos de tramitación.
En la ordenación del crecimiento residencial, el Ayuntamiento plantea limitar la aplicación a sectores urbanizables y ámbitos cuyo planeamiento de desarrollo ya esté aprobado. La finalidad expuesta es que el crecimiento cuente con infraestructuras, equipamientos y servicios públicos adecuados.
No se consideran procedentes otras medidas del decreto relacionadas con edificaciones o urbanizaciones inconclusas, ni determinadas primas ligadas a rehabilitación, descontaminación o afecciones arqueológicas y paleontológicas. Urbanismo justifica su exclusión por su escasa o nula incidencia en el municipio.
Se trata de un acuerdo sobre instrumentos urbanísticos: no es una convocatoria de adjudicación de viviendas ni un anuncio de pisos ya disponibles. Tampoco se concreta en esta comunicación municipal un número de nuevas viviendas o un calendario de entrega.
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